AnalistasCatólicos.org

Antes que realidad legal positiva el matrimonio y el derecho natural a casarse son realidades consustanciales a la propia naturaleza humana. Siguiendo al derecho natural podemos afirmar que el matrimonio ? o la inclinación amorosa, sexual y humana? sigue a la persona. El matrimonio así entendido es la base de la sociedad. En otras palabras, la unión conyugal es la primera y primaria unidad social de la humanidad. 

El problema radica, por tanto, en la tensión entre el matrimonio como realidad natural y los sistemas jurídicos o legislaciones matrimoniales. Más aún, cuando el legislador pretende alterar una institución de derecho natural. A continuación explicaré el por qué: 

La naturaleza humana es la que define y marca que es la unión conyugal. El poder social cualquiera que sea y el legislador, no crean la unión conyugal. Es decir, el legislador puede regular esa unión, sin cambiarla en su esencia, cualquier intento por alterarla sería una extralimitación. Por tanto, quedan fuera de su competencia: la constitución de la esencia de la unión, el contenido nuclear de lo conyugal, las líneas básicas del desarrollo de la vida matrimonial y familiar, la esencia del pacto matrimonial. 

La extralimitación del sistema jurídico comienza cuando la realidad natural del matrimonio como resultado de su regulación por el legislador deja de ser en el plano legal aquella unión perpetua y exclusiva de varón y mujer ordenada hacia la fecundidad y la ayuda mutua, el consorcio de vida y amor. Convirtiéndose en una relación sexual de personas del mismo sexo (homosexualismo) o transitoria y pasajera, con pluralidad de parejas, sin objetivos. 

El capricho del legislador de considerar ley, la alteración de una institución de derecho natural, como lo es el matrimonio de varón y mujer, ha generado las denominadas sociedades de convivencia, uniones o parejas de hecho, que no responden en esencia a la naturaleza humana del matrimonio. ¿Es quizás que el legislador se cree un dios? No sabemos, al menos existe la sospecha. 

Así el matrimonio de varón y mujer (sujetos de lo conyugal y la familia) se encuentran en todas las culturas de todos los tiempos y lugares.  Parece ser que este dato se olvida con frecuencia o intencionalmente se omite al tratar de equiparar a la institución matrimonial otras “figuras” que no están acordes con la naturaleza humana. 

Así las cosas, el matrimonio liberado de la procreación, es considerado como mera satisfacción de necesidades para adquirir beneficios del Estado. No podría entenderse de otra manera. 

*El autor es integrante del Consorcio Latinoamericano de Libertad Religiosa.