NO SE PUEDEN PATENTAR LAS CÉLULAS EMBRIONARIAS. Por José J. Castellanos

Vivimos en el mundo de lo absurdo. Las cosas evidentes, es decir que no requieren demostración, hoy son rechazadas, puestas en duda y a merced de quienes, por algún motivo, tienen la posibilidad de emitir dictámenes para certificar su validez. Ése es el fondo del debate en torno a la vida humana en su etapa inicial y la protección de la dignidad de la persona en proceso de desarrollo en el vientre materno.

El progreso de la ciencia ha provocado que existan quienes se envanezcan con su conocimiento y se sientan superiores a Dios, queriéndole corregir la planta y modificar su creación en todos los ámbitos, incluido el humano. Quienes piensan que la ciencia lo puede todo, aspiran a hacerlo todo, más allá de la ética y con un utilitarismo que no deja de disfrazarse, para que sea aceptado, en nombre del beneficio para algunos.

Por eso el debate a favor de la vida llega a los tribunales y son los jueces quienes tienen en su juicio la posibilidad de hacer justicia o negarla, con definiciones que a muchos nos dejan sin aliento. Si hay jueces sabios, triunfa el bien y la justicia, si no los hay, se abren las compuertas al mal y la injusticia, y todo amparado en una toga. ¡Qué grave responsabilidad!

En este contexto se ubica la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europa que acaba de sentenciar que se debe excluir toda posibilidad de patentar una investigación que implique la destrucción del embrión humano, incluso en el estadio de blastocito. El argumento central es el respeto a la dignidad humana. Esta afirmación se enfrenta a quienes niegan la personalidad del recién concebido y, en base a ello, lo abortan o juegan con él para extraer células madre y manipularlas.

Esta sentencia cimbra en sus cimientos las tesis proabortistas tan boga en las Naciones Unidas y que bajo el disfraz de “salud reproductiva” se promueven en todo el mundo y que tanto eco han tenido en las legislaciones de algunos países, como en el Distrito Federal que permite el aborto hasta antes de la duodécima semana de gestación. El Tribunal de la Unión Europea protege a la persona humana desde el momento de la fecundación.

Pero el Tribunal fue mucho más allá, de manera sorprendente, pues extiende la calificación de embrión al óvulo humano no fecundado, en el que esté implantado el núcleo de una célula humana madura y que está en disposición de iniciar el proceso de desarrollo de un ser humano.
Esto abarca a óvulo humano que ha sido estimulado para dividirse y desarrollarse mediante partogenosis. No se puede patentar, pues, el embrión si ello daña el respeto a la dignidad humana.

Lo curioso de esta sentencia, es que no fue obtenida por un alegato de una de las conocidas organizaciones pro vida que se oponen al aborto, sino por Greenpeace. Gracias a su gestión en contra de quien había obtenido ya una patente en Alemania, el tribunal ha señalado que “el concepto de embrión humano debe entenderse en sentido amplio”. Una excepción a lo señalado es cuando los experimentos sean en beneficio del propio embrión en el que se realicen, podrán ser patentables, lo cual significa que no se trata de su destrucción sino de la atención de casos con malformaciones o con fines terapéuticos.

Esto contrasta con las tendencias del PNUD en torno al Desarrollo Humano, que ha planteado para la Cumbre de Río+10, la aplicación de la salud reproductiva (aborto incluido), como una necesidad ecológica, puesto que el libre acceso a la misma para que las mujeres tengan menos descendencia, lo cual ayuda a “la reducción de los gases de efecto invernadero”, según reza el informe de Desarrollo Humano 2011. ¡Ya no saben qué inventar para atacar las fuentes de la vida! Pero, al menos, el Tribunal Europeo ha dado una muestra de sensatez en medio del extravío contemporáneo.

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